Si es con fin terapéutico, no es delito.
La imputada había sido procesada dos veces por la jueza Servini de Cubría por tenencia simple de 90 gramos de cannabis. En cambio, la Cámara Federal consideró que, si bien la sustancia no fue prescripta por ningún médico, contribuía a calmar los dolores crónicos que padecía y concluyó que la tenencia es “penalmente irrelevante”.
Por Eduardo Videla
La tenencia de marihuana para un consumo vinculado con la salud de quien la posee, aunque no tenga prescripción médica y siempre que no involucre a terceros, no es un delito. Así lo resolvió la Cámara Federal porteña, al sobreseer a una mujer a la que se le secuestró cannabis destinado –según logró acreditar– al uso terapéutico. El fallo revoca el procesamiento por tenencia simple –un delito penado con prisión de uno a seis años– que había dictado contra la acusada la jueza federal María Servini de Cubría. La resolución de la Cámara no se pronuncia sobre las propiedades medicinales de la hierba, pero admite que si el consumo contribuye a que la persona pueda calmar los dolores crónicos que padece, es legítimo, siempre que no afecte la salud pública.
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